La Fiscalía General de Justicia de Sonora ofrece 500 mil pesos por información que lleve a la captura de Maximiano ‘N’, médico acusado de homicidio por responsabilidad médica. Ocho personas murieron tras recibir sueros vitaminados administrados sin protocolo, supervisión ni autorización sanitaria. El caso expone fallas graves en la regulación de tratamientos alternativos y la fiscalización de profesionales de la salud.
¿Quién es Maximiano ‘N’ y por qué lo buscan las autoridades?
Maximiano ‘N’ —cuyo nombre completo sería Jesús Maximiano Verduzco Soto— es un médico que operaba en Sonora bajo esquemas no regulados. No contaba con autorización de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) para elaborar, distribuir o aplicar sueros intravenosos vitaminados.
Las autoridades lo acusan de aplicar mezclas no estandarizadas, sin control de esterilidad ni dosificación segura. Los sueros contenían altas concentraciones de vitamina C, glutatión, b-complejo y otros compuestos, sin evaluación previa de contraindicaciones.
¿Qué dice el marco legal mexicano sobre estos tratamientos?
Los sueros vitaminados no están aprobados como medicamentos por Cofepris. Su uso intravenoso requiere registro sanitario, buenas prácticas de manufactura y supervisión médica especializada. Aplicarlos sin cumplir estos requisitos constituye falta grave al Código Penal Federal y a la Ley General de Salud.
¿Cuál es el impacto económico y social del caso?
El caso ha generado una ola de desconfianza en clínicas de medicina funcional y centros de bienestar no regulados. El sector privado de salud alternativa en Sonora y Sinaloa reportó una caída del 32 % en consultas durante mayo de 2026, según datos preliminares de la Cámara Nacional de la Industria de Transformación (Canacintra).
Además, el gobierno estatal activó un protocolo de revisión de 142 establecimientos similares. Se han suspendido temporalmente 27 licencias sanitarias y se iniciaron 11 investigaciones por publicidad engañosa y ejercicio ilegal de la medicina.
¿Qué responsabilidades legales enfrenta un profesional que aplica tratamientos no autorizados?
- Responsabilidad penal: Por homicidio culposo o por negligencia médica (Art. 323 del Código Penal Federal).
- Responsabilidad administrativa: Sanciones de la Secretaría de Salud y Cofepris, incluida la cancelación definitiva de la cédula profesional.
- Responsabilidad civil: Indemnización a familiares de víctimas, con montos que superan los 2 millones de pesos por caso en juicios recientes.
¿Qué deben hacer los pacientes ante tratamientos alternativos?
Nunca acepte sueros intravenosos sin que el profesional muestre su cédula profesional vigente, autorización de Cofepris y consentimiento informado por escrito. Verifique su establecimiento en el Directorio de Establecimientos de Atención Médica (DEAM) de la Secretaría de Salud.
¿Cómo denunciar prácticas médicas riesgosas?
- Llamar a la Fiscalía de Sonora: (662) 289 8800, extensiones 15340 y 15343.
- Enviar información a: [email protected].
- Reportar a Cofepris vía app Cofepris Denuncia o línea 01 800 000 0000.
¿Qué datos clave debe conocer sobre este caso?
- La recompensa oficial por información que lleve a la captura es de 500 mil pesos.
- Se han confirmado 8 muertes directamente vinculadas a la aplicación de sueros.
- El médico no tenía registro ante Cofepris ni autorización para manejo de soluciones parenterales.
- Las víctimas tenían entre 34 y 72 años; ninguna presentaba contraindicaciones previas conocidas para vitaminas estándar.
- El caso activó una revisión estatal de clínicas de medicina integrativa en 12 municipios de Sonora.
El caso Maximiano ‘N’ no es aislado: en 2025, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) detectó 43 centros en 11 estados que comercializaban sueros ‘detox’ sin registro. El 89 % de ellos operaba bajo nombres genéricos como ‘Centro de Bienestar Integral’ o ‘Clínica de Vitalidad’.
La economía informal de la salud alternativa mueve más de 12 mil millones de pesos anuales en México, según el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi). Sin embargo, menos del 7 % de estos servicios cumplen con los requisitos mínimos de seguridad establecidos por la Organización Mundial de la Salud (OMS) para terapias intravenosas no convencionales.
